Marcela Fernández: la corresponsabilidad como eje de la nueva ley de niñez

Es diputada provincial por el radicalismo desde 2017. Los dos años previos, había sido subsecretaria de Desarrollo Social de Mendoza. Antes, había sido funcionaria del municipio de Godoy Cruz durante el paso del actual Gobernador Alfredo Cornejo por la intendencia.Asegura que la ley de Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  que  fue aprobada a fines de 2018 tiene como principal objetivo delimitar corresponsabilidades en la garantía de los derechos.

Foto: Prensa Gobierno de Mendoza

Corresponsabilidad, es el término que repite, como un mantra, la diputada radical Marcela Fernández, cuando se refiere a la ley “Sistema de Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes” sancionada por la Legislatura provincial en diciembre último. Es que esta norma, además de llenar el vacío legal que existía desde la aprobación de la ley de protección de niñez y adolescencia  nacional que es de 2005, delimitó las responsabilidades de quienes deben garantizar derechos. En la charla, Fernández, quien impulsa la norma desde cuando era Subsecretaria de Desarrollo Social, responde las críticas a la ley y cuestiona el rol que decidieron jugar los municipios de participar sólo mediante “convenios”.

¿Cómo se estaba trabajando en el ámbito estatal local antes de la aprobación de la ley en diciembre del año pasado?

La verdad es que hubo varios intentos antes de aprobar esta norma. Pero ninguno logró la media sanción legislativa. El gobierno de Alfredo Cornejo mandó un proyecto en 2018 y empezamos a trabajar. Hasta aquí estábamos manejándonos con la instancia de acordadas, esto es un marco que daba la Corte local para que la provincia se pudiera adecuar a lo dictado por la ley nacional 26.061, que es la ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que fue aprobada en 2005.

¿Cuál es el cambio fundamental que vino a marcar la nueva ley local?

Cuando yo fui Subsecretaria (de Desarrollo Social entre 2015-2017)por distintos casos que tuvimos, veíamos que no estaban claras las responsabilidades sobre la aplicación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.  Había responsabilidades muy concretas pero era necesario individualizarlas. De nada servía, luego de un caso grave, que nos echáramos culpas entre los distintos efectores del Estado sino había un marco que nos indicara cuáles eran las responsabilidades concretas. En ese sentido, se avanzó, la norma tiene como eje la co-responsabilidad como concepto.

¿Hubo un caso concreto previo a la ley donde las responsabilidades no fueron claras?

Para mi el caso que fue “un antes y un después” fue el caso de Ayelén Arroyo , es decir de la joven que fue asesinada por su padre en 2016, luego de haber hecho varias denuncias de la situación que vivía. En ese caso el OAL (Órgano Administrativo Local) de Luján de Cuyo le pidió al Fiscal Fabricio Sidoti que ordenara la custodia policial porque la prohibición de acercamiento solamente no era suficiente, algo que no ocurrió. Después desde el Gobierno impulsamos el Jury contra el fiscal.

¿Cómo son las corresponsabilidades que establece la ley?

Hay tres instancias: la familia, el Estado y las organizaciones sociales.  El tema de la responsabilidad de la familia fue muy resistido desde los bloques de la oposición como Unidad Ciudadana o la izquierda. Nos decían que si son familias de escasos recursos, no podemos exigir responsabilidades. Pero avanzamos porque creemos que el amor y la protección no tienen que ver con los recursos económicos. Es por eso que decidimos que las familias fueran las primeras en ser responsables en la protección de los niños, niñas y adolescentes.

La segunda responsabilidad es la del Estado. Si alguien trabaja en un centro de salud y ve, por ejemplo, una situación de abuso está obligado a denunciar. Pero además queda claro el ámbito de desarrollo de ex OALes, actuales ETI (Equipo Técnico Interdisciplinario).

Respecto de la tercera instancia es la de organizaciones sociales, que no es jurídico pero que no quedan exentos de, por ejemplo, si hay un niño tomando un taller de música  y narra que sufre violencia en su familia, esa institución debe ir al Estado.

¿ Por qué los OALES pasaron a llamarse ETI?

En el texto de la ley me hubiera gustado que lo llamáramos ETIM porque además de ser equipos técnicos interdisciplinarios lo más importante es que deben tomar medidas. Si intervienen, su tarea es esa: tomar medidas. Si un centro de salud o una escuela dice que un niño está siendo vulnerado, el ETI tiene que tomar una medida. Si el ETI no lo hace, es responsable por ello. Las medidas pueden ser de protección como garantizar que ese niño vaya a la escuela o de excepción, que es retirlarlo momentáneamente del ámbito familiar.

¿En ese caso cómo interviene la Justicia?

En ese caso se le pide a un juez o una jueza que tengan el control de la legalidad de la medida.  Por eso esta norma es práctica. Cuando llegamos al Gobierno, el 50% de los niños que estaban en los hogares no tenían el control de la legalidad. Si al niño le llegaba a pasar algo ¿quién era el responsable? Ahora los jueces tienen plazos para hacer el control de la legalidad. Es decir que la ley viene a dar un marco jurídico a todas las acciones sobre las medidas de protección de niños, niñas y adolescentes.

¿Qué opina de los cuestionamientos a la norma que apuntan a que se trata de una ley administrativista?

Quizás lo sea. Ocurre que de nada sirve tener declarado cuáles son los derechos de los niños si cuando nos sentamos a hablar nadie puede decir cómo se van a cumplir. Sino nos hacemos cargo, difícilmente vaya a cambiar la situación.

¿Qué responsabilidad le cabe a los municipios teniendo en cuenta la norma?

No conseguimos que tuvieran una responsabilidad concreta a pesar de que todas las comunas tienen áreas de niñez. Se ampararon en la autonomía y la autarquía y esta norma, solo dice que mediante convenios se establecerán responsabilidades. Pudimos sacar la norma de esta manera, es la norma posible, la que pudimos sacar fruto del consenso y sabemos que es limitada.

¿La norma preveé más recursos económicos?

No y esa es otra de las críticas que nos hicieron. Los municipios querían más insumos pero no responsabilidades. Por eso, tanto municipios u organizaciones que necesiten más recursos deberán convenir con el Ejecutivo cuáles serán sus responsabilidades en la aplicación de la ley.

Por Laura Fiochetta | Observatorio de Niñez, Adolescencia y Familia

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