Análisis: Construcción de un complejo de privación de libertad para adolescentes en Cacheuta, Luján de Cuyo, Mendoza.

La próxima habilitación de un complejo de encierro para jóvenes infractores de la ley penal  en Cacheuta genera controversias. Distintas teorías criminológicas han puesto en relieve el papel de los vínculos sociales y de las influencias ambientales en la prevención de conductas delictivas. Proponemos que se revea la medida y que se impulse un espacio participativo de diseño de las políticas que afectan a niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley.

Foto: Instalaciones del complejo de encierro de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil. Godoy Cruz, Mendoza. Fuente: Diario Los Andes.
Foto: Instalaciones del complejo de encierro de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil. Godoy Cruz, Mendoza. Fuente: Diario Los Andes.

De acuerdo a información difundida por distintos medios de comunicación, durante las próximas semanas entraría en funcionamiento un nuevo centro de encierro para jóvenes en la zona de Cacheuta (Luján de Cuyo). El complejo -cuya construcción habría demandado al Estado provincial $36 millones- está destinado a alojar a jóvenes de entre 16 y 18 años de edad. Posee un total de 10 celdas con capacidad para recibir a 15 de los 90 jóvenes actualmente privados de su libertad.

 

Controversia

La medida ha sido criticada desde varios sectores. El procurador de las personas privadas de libertad, Fabricio Imparado, la calificó como estigmatizante y regresiva (1). La Comisión Provincial de Prevención de la Tortura se opuso públicamente a través de un documento en el cual  se exponen los fundamentos legales, convencionales, criminológicos y estructurales por los cuales el complejo no se adecua a los tratados internacionales (2). En el plano legislativo,  la Diputada Cecilia Soria del PTS-FIT presentó un proyecto solicitando al Ministro de Desarrollo Social la paralización de la obra y la no apertura del complejo (3). Por otra parte, un grupo de trabajadores de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil manifestó su rechazo mediante reuniones mantenidas con el presidente de la Cámara de Diputados y con los distintos jefes de bloque (4).

Frente a las críticas, funcionarios del Ejecutivo provincial han sostenido la iniciativa. Se ha argumentado que se trata de un complejo destinado para una parte minoritaria de la población con problemas de conducta. También que lo que se busca es garantizar la seguridad de los mendocinos e integrar a los jóvenes a través de actividades personalizadas (5). Además se ha afirmado que el traslado del grupo más conflictivo permitiría encarar un cambio de concepto para trabajar con un sistema semi-abierto (6). En relación a los cuestionamientos sobre la distancia del complejo respecto de zonas urbanas, se sostuvo que se respetaría el actual régimen de visitas semanales y que el proyecto contempla inclusión social, escolarización y talleres (7). Desde el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos también aclararon que el presupuesto incluye sistema de transporte tanto para los profesionales como para los familiares (8).

 

Teorías criminológicas

Distintas teorías criminológicas han puesto en relieve el papel que cumplen los vínculos sociales y las influencias ambientales en las conductas delictivas.

Desde estas miradas se ha sostenido que el apego a la familia y el mantenimiento de los vínculos sociales inhiben en general el crimen y la delincuencia (Teoría del Control Social de Hirschi, 1969). También que  el sujeto puede aprender nuevas conductas mediante la observación de modelos, ya sean reales o simbólicos,  representando esto una vía rápida y efectiva en  la adquisición de las múltiples y complejas conductas que el ser humano es capaz de exhibir (Teoría del Aprendizaje Social, Bandura, 1969 y 1977)

En relación al abordaje estatal del problema y la construcción de una  identidad delictiva, se ha afirmado que cuando la reacción  oficial a  la delincuencia es demasiado fuerte, cuando representa una dramatización, agrava la delincuencia juvenil. Así, “la delincuencia primaria, que podría normalizarse, se convierte en delincuencia secundaria: el autor reincidente fundamenta su vida y su identidad en la realidad de  la delincuencia: desarrolla una autoimagen delincuente”. (Vázquez, 2003); (Teoría de la anticipación diferencial, Glaser, 1979)

También se ha explicado que si la sociedad no facilita recursos para lograr las metas que ella misma inculca – éxito, status, poder económico – una reacción posible es el comportamiento “desviado”. El modelo integrador de Eliot (Huizinga y Ageton, 1985) ha otorgado especial importancia a los procesos de aprendizaje, principalmente en el grupo de amigos donde se modela y se refuerza la delincuencia o el consumo de drogas. Se ha dicho que la desorganización social debilita los vínculos convencionales; si el sujeto cuenta con escasos lazos familiares, comunitarios y dificultades socioeconómicas se implicará poco con las instituciones convencionales. Los fallos en la socialización por parte de la familia o de la escuela serán determinantes en la falta de apego a estos ambientes y debilitarán también los vínculos convencionales.  (Fadin, H. 2.014) (9)

Todas estas miradas sugieren la importancia de reforzar los  vínculos y ambientes sociales positivos para prevenir la reiterancia de conductas delictivas.  Desde esta perspectiva, la construcción de un complejo alejado de la zona urbana y cercana –simbólica y geográficamente- al penal de máxima seguridad Almafuerte  afectaría negativamente los vínculos sociales de los jóvenes y reforzaría su identidad delictiva. Es por ello que desde el Observatorio de Niñez, Adolescencia y Familia efectuamos la siguiente propuesta:

 

Propuesta: espacio participativo de diseño de las políticas que afectan a niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley

Desde el  Observatorio de Niñez, Adolescencia y Familia  advertimos que la medida amerita un debate ampliado en el que participen niños, niñas y adolescentes, organismos de derechos humanos, universidades y organizaciones sociales.

Es por ello  que proponemos que se revea la iniciativa y  se impulse un espacio participativo de construcción de las políticas dirigidas a niños, niñas y adolescentes  en conflicto con la ley penal.

En este sentido, la próxima habilitación del nuevo complejo en Cacheuta y el funcionamiento actual  del complejo de encierro conocido como ex cose no son los únicos temas de  preocupación.

Otra de las materias pendientes en la Provincia  es la adaptación del Sistema de Justicia de niños, niñas y adolescentes al Paradigma de Protección de Derechos. Esto implica adecuar el marco legal vigente –Ley Provincial  6354- a los principios establecidos en la Ley Nacional 26.061. También es necesario rever  las modalidades de abordaje policial de situaciones que involucran a adolescentes y jóvenes y las políticas de prevención de la violencia juvenil.

En el espacio de reflexión propuesto  deberían  participar la totalidad de los actores estratégicos que hacen a las políticas provinciales de infancia. Nos referimos al Consejo Provincial de Niñez y Adolescencia,  la Comisión Bicameral de Niñez y Adolescencia; FEDEM; DINAF; CPPT; Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos; Ministerio de Seguridad y organizaciones sociales, entre otros.

Hacemos hincapié en que medidas como la construcción de complejos cerrados destinados a niños, niñas y adolescentes  deben ser impulsados  desde el Paradigma de Protección de Derechos,  de manera participativa y con correlato práctico en la ley nacional 26.061 y en los instrumentos  internacionales de derechos de niñez (10).

Referencias: 

  1. Diario el Sol Online (12/02/2015). Polémica por una cárcel para chicos del ex Cose. Disponible en: http://www.elsol.com.ar/nota/227790.
  2. El documento completo está disponible en: http://www.fcp.uncu.edu.ar/upload/rechazo-a-carcel-en-cacheuta-mendoza-cppt.pdf.
  3. PTS (25/02/2015) El FIT rechaza el penal juvenil en Cacheuta. Disponible en: http://www.pts.org.ar/El-FIT-rechaza-el-penal-juvenil-en-Cacheuta
  4. Diario MDZ On Line (11/02/2015) Rechazan que la cárcel para jóvenes se ubique en Cacheuta. Diponible en http://www.mdzol.com/nota/587778-rechazan-que-la-carcel-para-jovenes-se-ubique-en-cacheuta/
  5. Diario MDZ On Line (11/02/2015) Rechazan que la cárcel para jóvenes se ubique en Cacheuta. Diponible en http://www.mdzol.com/nota/587778-rechazan-que-la-carcel-para-jovenes-se-ubique-en-cacheuta/
  6. Diario el Sol Online (12/02/2015). Polémica por una cárcel para chicos del ex Cose. Disponible en: http://www.elsol.com.ar/nota/227790.
  7. Diario EL Sol On line (25/06/2013). Pese a las múltiples críticas, respaldan la construcción del ex Cose en Cacheuta. Disponible en: http://www.elsol.com.ar/nota/175653/provincia/pese-a-las-multiples-criticas-respaldan-la-construccion-del-ex-cose-en-cacheuta.html
  8. Diario MDZ On Line (11/02/2015) Rechazan que la cárcel para jóvenes se ubique en Cacheuta. Disponible en http://www.mdzol.com/nota/587778-rechazan-que-la-carcel-para-jovenes-se-ubique-en-cacheuta/
  9.  Fadin, Hilda. (2014) Tesis de Maestría en Criminología. Facultad de Psicología. Universidad del Aconcagua. Mendoza, Argentina.
  10. Instrumentos internacionales sobre Derechos de la Niñez:
  • Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (1989)
  • Comité de los Derechos del Niño Observación General No. 10 (2007) sobre «Derechos de los niños en la justicia de menores”.
  • Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil: Directrices de Riad (1990).
  • Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores: las “Reglas de Beijing” (1985).
  • Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (1990).
  • Resolución 1997 / 30 de las Naciones Unidas – Administración de la justicia de menores: las “Directrices de Viena” (1997).
  • Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos, resolución del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas 2005/20